El Reglamento (CE) nº 1698/2005, del Consejo, de 20/09/2005 (DO nº L277 de 21/10/2005), relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), establece un régimen de pagos agroambientales para incitar a los agricultores y otros gestores de la tierra a prestar servicios a la sociedad en su conjunto mediante la introducción o prosecución de la aplicación de métodos de producción agrícolas compatibles con la protección y mejora del medio ambiente, del paisaje y sus características, de los recurso naturales, del suelo y la diversidad genética y los Reglamentos (CE) nº 1974/2006 de la Comisión de 15/12/2006 (DO nº L368 de 23/12/2006) y nº 1975/2006 de la Comisión de 7/12/2006 (DO nº L368 de 23/12/2006), por los que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005.
El Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007/2013, aprobado al amparo de la legislación anterior, establece, como razones para la intervención, que los instrumentos agroambientales son necesarios para apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales y para responder a la creciente demanda de la sociedad de servicios ambientales y de la necesidad de la implantación de técnicas culturales respetuosas con el medio ambiente.
La Orden de 15/02/2012 de la Consejería de Agricultura, (publicada en este mismo Diario Oficial), establece las bases reguladoras de la concesión de ayudas en materia de medidas agroambientales en el marco del programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2007-2013, adaptada a la reforma del PDR regional aprobada por el Comité de Desarrollo Rural de la Comisión Europea el día 15 de diciembre de 2009.
Esta convocatoria pretende por un lado abrir el plazo para la renovación de los compromisos de las ayudas agroambientales correspondientes a los compromisos vigentes correspondientes al programa de desarrollo rural 2000-2006 relativos a las ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat para las Aves Esteparias y la Grulla Común en diecinueve zonas de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha., cuyas bases reguladoras se contienen en la Orden de 24 de marzo de 1995, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, (DOCM nº 17 de 7/04/1995), para las ayudas a la adopción de prácticas agroambientales en el ámbito de influencia de la Red de Áreas Protegidas de Castilla-La Mancha, cuyas bases reguladoras se contienen en la, Orden de 30 de abril de 2004, de la Consejería de Medio Ambiente (DOCM nº 82 de 17/05/2004) y para las ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Cabañeros, cuyas bases reguladoras se contienen en la Orden de 10 de abril de 1997 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (DOCM nº 82, 25/04/1997) y de las compromisos agroambientales de las ayudas reconocidas correspondientes al programa de Desarrollo rural 2007-2013.
Las anteriores disposiciones integran la normativa en materia de medidas agroambientales, pretendiéndose con la presente disposición garantizar para todos los tipos de ayuda el mismo periodo de solicitud y adoptar un modelo de solicitud unificada en aras de una gestión más ágil y eficaz para los beneficiarios de las mismas, cumpliendo de esta forma la previsión recogida en el Reglamento (CE) 1975/2006 de la Comisión de 7 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural,
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
1.- Es objeto de la presente Resolución convocar para el año 2012 la renovación de los compromisos vigentes de las ayudas agroambientales reconocidas correspondientes al programa de Desarrollo Rural 2000-2006 para las ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat para las Aves Esteparias y la Grulla Común, para las ayudas a la adopción de prácticas agroambientales en el ámbito de influencia de la Red de Áreas Protegidas y para las ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat en el área de influencia
AÑO XXXI Núm. 38 21 de febrero de 2012 6899 socioeconómica del Parque Nacional de Cabañeros cuyas bases reguladoras se encuentran en las órdenes de 24 de marzo de 1995(DOCM nº 17 de 7 de enero de 1995), de 30 de abril de 2004 (DOCM nº 82 de 17 de mayo de 2004),y de 10 de abril de 1997(DOCM nº 18 de 25 de abril de 1997).
2.- También es objeto de la presente norma convocar para el año 2012 la renovación de los compromisos vigentes de las ayudas agroambientales reconocidas correspondientes al programa de Desarrollo Rural 2007-2013 cuyas bases reguladoras se encuentran en la orden de 16 de febrero de 2010 (DOCM nº 40 de 26 de febrero de 2010), para las siguientes medidas:
214.1: Agro sistemas extensivos en secano
214.2: Apicultura para mejora de la biodiversidad en zonas naturales
214.3: Ayuda a la Ganadería Ecológica
214.4: Ayuda a la Agricultura Ecológica
214.5: Ayuda al mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha.
214.11: Lucha contra la erosión en cultivos leñosos.
214.12 Integración medioambiental del cultivo de viñedo de secano
214.14 Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano
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